Preguntas frecuentes

FAQ´S

  • Ser un elemento imprescindible de un sistema de prevención de delitos eficaz que actúe como eximente de la responsabilidad penal de la empresa,
  • Ser un instrumento eficaz para la mejora continua del sistema de gestión de Compliance de la empresa, que recibe  información precisa para ir adaptando las medidas de prevención a los riesgos existentes, ayudando a la mejora continua del sistema.
  • Evitar pérdidas económicas a la organización.
  • Mejorar la productividad.
  • Mejorar la imagen interna y externa de la empresa.
  • Atajar conductas corruptas e inapropiadas.
  • Disminuir los litigios.
  • Promover el respeto entre los Stakeholders y el desarrollo individual de las personas.
  • Cualquier actuación que pudiera ser considerada antijurídica o delictiva.
  • Riesgos o incumplimientos del Código Ético.
  • Riesgos o incumplimientos de cualquier normativa interna o protocolos o procedimientos establecidos por la  compañía.
  • Cualquier actuación que pudiera ser considerada antijurídica o delictiva.
  • Riesgos o incumplimientos del Código Ético.
  • Riesgos o incumplimientos de cualquier normativa interna o protocolos o procedimientos establecidos por la  compañía.
  • A través de la aplicación W3 CANAL DE DENUNCIAS.
  • Se debe introducir la clave correspondiente a la organización. Se trata de una clave única que cada organización recibe de KRIO tras adherirse KRIO CANAL DE DENUNCIAS y que cada organización se compromete a poner a disposición de todos sus directivos, empleados, proveedores y clientes.
  • Si, nuestro canal permite, a elección del denunciante, que la denuncia sea anónima,
  • Desde el punto de vista de la protección de los datos personales que consten en el sistema de información de denuncias la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, exige, qué los empleados y terceros sean informados acerca de la existencia del canal, además la eficacia del sistema y su utilidad depende de que vd haga pública en la empresa la existencia del mismo y el compromiso de la empresa con la legalidad.
  • El acceso a los datos contenidos en el canal debe quedar restringido a quienes, incardinados o no en el seno de la entidad desarrollen funciones de control interno y de cumplimiento, normalmente el órgano de cumplimiento.
  • Cuando resulte necesario para la adopción de medidas disciplinarias el personal con funciones de gestión y control de recursos humanos podrá acceder a esos datos e igualmente la autoridad competente cuando lo requiera en el desempeño de las funciones que le legitimen para ello.
  • Los datos de quien formule la comunicación y de los empleados y terceros a los que en ella se haga expresa mención se  conserven en  el sistema de denuncias únicamente durante el tiempo imprescindible para decidir sobre la procedencia de iniciar una investigación sobre los hechos denunciados, y en todo caso, en el plazo máximo de   tres meses desde la introducción de los datos, pues transcurridos los mismos  deberá procederse a su supresión del sistema de denuncias.
  • El denunciante puede comprobar el estado de tramitación del expediente, a través de la aplicación, usando la clave asignada.